miércoles, 3 de octubre de 2012

PROPUESTAS DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA MAGISTERIAL PARA LOS DOCENTES

En esta nota consignamos las propuestas concretas que contiene el Proyecto de Reforma Magisterial impulsado por el Ministerio de Educación. Un material informativo que lo consideramos como un insumo para el debate.
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1. De los 55.000 maestros que se encuentran actualmente en la carrera pública magisterial, pasaremos a tener más de 250.000 docentes en una ley meritocrática en la cual el Estado pone reglas precisas para reconocer los méritos de los maestros así como para ascender en su carrera y establecer claramente sus deberes y responsabilidades. En cinco procesos de incorporación de la antigua ley del profesorado a la CPM se logró que ingresen tan solo 25.000 docentes (los otros 30.000 son maestros nuevos).

2. El país mantiene una deuda con los aprendizajes de los estudiantes, especialmente los de las zonas rurales y bilingues. Es imposible saldar esta deuda sin los maestros y, consecuentemente, sin una inversión significativa del Estado en su desarrollo personal y profesional.

3. Se establece una Ley de Reforma Magisterial para todos los docentes, que es meritocrática, con principios de equidad, orden y transparencia. no sólo es una ley para propiciar un aumento en las remuneraciones docentes. La Ley de Reforma Magisterial norma las relaciones entres los profesores y el Estado a su servicio, sus deberes y derechos, formación continua, carrera pública, evaluación  proceso disciplinario, remuneraciones, estímulos e incentivos.

4. Están comprendidos en ella los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos públicos de Educación Básica, Técnico Productiva, en el Ministerio de Educación, en  las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local.

5. La carrera se organiza en ocho niveles de desarrollo magisterial, en vez de cinco, lo que permite un mayor horizonte de desarrollo profesional.

6. La nueva Ley reconoce cuatro áreas de desempeño laboral para los profesores:

   a) Gestión Pedagógica
   b) Gestión Institucional
   c) Formación Docente y
   d) Innovación e Investigación

7. La evaluación considera los siguientes criterios :

    - Conocimiento en la disciplina y conocimiento pedagógico: qué sabe el maestro.
    - Desempeño en el aula : cómo aplica ese saber en sus estudiantes.
    - Formación, méritos y deméritos: cómo se esfuerza para ser mejor profesional.

8. La evaluación permite ascender a los siguientes niveles de desarrollo magisterial. Los profesores que no aprueban en la primera oportunidad son evaluados al año siguiente, se les capacita para el fortalecimiento  de sus capacidades pedagógicas y pueden participar hasta en dos evaluaciones extraordinarias. Si desaprueban la segunda de ellas son retirados de la carrera pública magisterial.

9. El profesor puede acceder, a través de evaluación  a otros cargos como director, coordinación académica  asesorías y jefaturas, acompañante pedagógico, especialista en innovación y en programas de capacitación.

10. Se ordena la remuneración docente de manera que la Remuneración Íntegra Mensual incluya los tiempos de docencia en el aula, de preparación de clases y evaluación  de actividades con la familia y la comunidad, de apoyo al desarrollo de la institución educativa.

11. Transparencia en las remuneraciones. Este sistema debe permitir que las remuneración se ordenen y sean comprensibles, permitiendo que los docentes entiendan los pagos que reciben y que el Estado supervise su cumplimiento, e impide la manipulación de la planilla.

12. Escalafón como principal fuente de la trayectoria profesional docente. La ley convierte al escalafón en una fuente de información confiable para los procesos evaluativos contemplados en la ley. Esto permitirá controlar mejor la veracidad de los documentos y liberar al docente de presentarlos reiteradamente en cada proceso.

13. Adicionalmente, el Estado reconocerá con asignaciones temporales a los docentes por los siguientes conceptos: ejercicio de cargos de responsabilidad directiva; docencia en zonas rurales y de frontera; enseñanza en escuelas unidocentes, multigrado o bilingues; desempeño en zonas particularmente conflictivas como en el VRAEM.

14. Para implementar esta Ley, el Estado realizará un importante esfuerzo financiero que se aplicará a partir de este año.

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ADJUNTAMOS EL PROYECTO DE LEY COMPLETO.
http://siga.regionlambayeque.gob.pe/docs/imgfckeditor/LeydeReformaMagisterial(1).pdf

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