lunes, 22 de octubre de 2012

LA LEY MAGISTERIAL (editorial del diario La Republica)


Necesario consenso entre el gobierno y el Parlamento.
La Comisión de Educación del Congreso ha introducido cambios en el proyecto del ley de reforma magisterial enviado al Parlamento por el gobierno. Entre ellos se cuenta una nueva escala remunerativa, la convocatoria a ascensos cada determinado tiempo, el incremento de las facultades de los directores y la evaluación de estos por el Ministerio de Educación. La iniciativa se apresta a recorrer la ruta final hacia el Pleno del Congreso; la Comisión escuchará a los representantes del Ejecutivo de acuerdo con un predictamen aprobado recientemente y se propone llevar a cabo varias sesiones extraordinarias a la espera de que la norma sea expedida antes del cierre de la legislatura de modo que rija desde el 1° de enero del próximo año.
Las innovaciones al proyecto original promoverán un debate intenso entre el gobierno y el Parlamento. Es inusual pero entendible que no solo asista al Congreso para defender el punto de vista del Ejecutivo la ministra de Educación sino también el titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Este hecho confirma el contenido económico del proyecto de ley y ratifica el peso decisivo del MEF en la formulación de una de las políticas más cruciales del Estado. Se espera que este debate se produzca en términos positivos y que el MEF asimile las innovaciones que recoge el aporte de gremios y especialistas.
El debate se ha iniciado también en la sociedad y en el magisterio, aun jalonado por la reciente huelga nacional que no tuvo los resultados esperados. Se advierte entre los docentes cierta desazón porque el Congreso no ha cedido a la presión por relajar los principios de la evaluación y meritocracia.
En las disposiciones transitorias del predictamen se incorporan, no obstante, algunas demandas de los profesores incluidos en la Ley N° 24029,  Ley del Profesorado, y en la Ley N° 29062, Ley de la Carrera Pública Magisterial. La primera disposición complementaria señala que los docentes de los niveles I y II de la Ley del Profesorado serán ubicados en la I Escala Magisterial, mientras que los del III nivel magisterial estarán en la II Escala Magisterial. Asimismo, los que están en los niveles magisteriales IV y V serán ubicados en la III Escala Magisterial de la nueva ley. Esto es una mejora si se toma en cuenta que en el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo se contemplaba que los profesores del III, IV y V niveles iban a ser ubicados en la II Escala Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial.
La norma incluye una disposición que mantiene como obligatoria la evaluación del desempeño docente. Si un profesor no aprueba la evaluación será capacitado para acceder a una evaluación extraordinaria que se realizará en el plazo máximo de 12 meses. Si esta prueba no es satisfactoria el docente será retirado y accederá a un programa de reconversión laboral del Ministerio de Trabajo. La evaluación de desempeño se realizará en un periodo máximo cada cuatro años. El Ejecutivo proponía que el tope sea tres años.
En el predictamen se mantienen también los ocho niveles de ascenso que propone el Ejecutivo y las cuatro áreas de desempeño laboral. Se mantiene, además, la propuesta del Ejecutivo sobre la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) que agrupará cerca de 15 conceptos de pago que hoy tiene un maestro.
En ese contexto lo ideal sería un rápido consenso entre las bancadas y un acuerdo entre el gobierno y el Parlamento para expedir una ley que no sea observada por el Ejecutivo, para relanzar una etapa de cambios que la anterior Ley de la Carrera Pública Magisterial había inaugurado y que inexplicablemente se ha paralizado.

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