sábado, 29 de diciembre de 2012

LAS EVALUACIONES A LOS DOCENTES ADAPTADAS AL CONTEXTO




A lo largo de la campaña informativa y el consiguiente debate sobre la Reforma Magisterial, aparecieron muchas interrogantes sobre el tema de la evaluación docente y sobre los cuales los profesores tenían respetables suspicacias y algunas experiencias negativas que los llevaba a una actitud reticente respecto a ellas. Justamente una crítica tenía que ver con el hecho que la prueba de evaluación docente era única, se aplicaba en forma universal a todos los docentes, sin distingos de ninguna clase y en tal sentido no valoraba la diversidad geográfica, cultural y situacional de los profesores.

Por ello nos parece interesante que Manuel Iguiñiz, integrante de Foro Educativo, en declaraciones sobre el Plan de Desarrollo de Lima Metropolitana sugirió que la evaluación de los docentes debe tener en cuenta la particularidad de la región. Por ejemplo, no es lo mismo la evaluación en Lima metropolitana que en Huancavelica; “aquí no tenemos que pedirle que domine el quechua pero en Huancavelica sí tenemos que domine el quechua porque es un idioma casi generalizado, una lengua originaria”. Algo similar tendremos que decir en el caso de muchos espacios en los cuales el uso del idioma originario está bastante extendido (http://enlacenacional.com). 


Este es una interesante sugerencia que tendrá que ser tomada en cuenta al momento de redactar el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial y que se puede resumir en algo todavía más profundo: adaptar las evaluaciones docentes a las características del contexto en que se desenvuelve el docente.

Pedro Alva Mariñas. Foro Educativo de Lambayeque

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sábado, 22 de diciembre de 2012

PALMAS MAGISTERIALES 2012 ... AL MAESTRO ... CON CARIÑO



Compartimos la página oficial que da cuenta de la ceremonia de entrega de las Palmas Magisteriales 2012. Honor al mérito.
http://www.facebook.com/media/set/?set=a.459217007475420.106545.272022672861522&type=1
PALMAS MAGISTERIALES 2012


lunes, 26 de noviembre de 2012

DERECHOS DE LOS PROFESORES, SEGÚN LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL



Una de las objeciones que se hace a la Ley de Reforma Magisterial, ya promulgada por el Ejecutivo, es que desconoce, arrasa con los derechos de los profesores. Por la otra parte se sustenta que, al contrario, la Ley reconoce esos derechos y los trata de cumplir mejor que las normas anteriores. Los derechos que una norma se propone respetar se establecen en el propio articulado y es en este punto donde las referencias concretas a los derechos realmente escasean en el debate.


Conscientes de ello glosamos los derechos que la Ley de Reforma Magisterial reconoce a los profesores.

Artículo 41.- Derechos. Los profesores tienen derecho a:


a. Desarrollarse profesionalmente en el marco de la carrera pública magisterial y sobre la base del mérito, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole, que se atente contra los derechos de la persona.
b. Percibir oportunamente la remuneración íntegra mensual correspondiente a su Escala  Magisterial.
c. Recibir las asignaciones y los incentivos monetarios o no monetarios que se establecen en la presente Ley.
d. Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece la presente Ley.
e. Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación personal, solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida profesional registrado en el escalafón.
f. Autonomía profesional, en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les compete, la misma que está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto educativo ejecutado por la Institución Educativa y respetando la normatividad vigente.
g. Beneficios del Programa  de  Formación  y Capacitación Permanente  y de otros programas de carácter cultural y social fomentados por el Estado.
h. Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas de acuerdo a lo establecido en la presente Ley y su reglamento.
i. Vacaciones 
j. Seguridad social de acuerdo a ley.
k. Libre asociación y sindicalización.
l. Reconocimiento de oficio de su tiempo de servicios efectivos.
m. Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidos por motivos de representación política y sindical, según el caso.
n. Condiciones de trabajo que garanticen calidad en el proceso de enseñanza y aprendizaje, y un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la presente Ley.
o. Reingresar al servicio si no hubiere alcanzado la edad jubilatoria obligatoria y no exista impedimento legal.
p. Reconocimiento, por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia, de sus méritos en la labor educativa.
q. Percibir subsidio por luto y sepelio, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley.
r. Percibir una compensación por tiempo de servicios.
s. Gozar del 50% de descuento en las tarifas para espectáculos culturales

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jueves, 22 de noviembre de 2012

LEY DE REFORMA MAGISTERIAL. TEXTO APROBADO 1

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES
DEL TEXTO DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL APROBADA



PRIMERA.- Ubicación de los profesores de la Ley No 24029 en las escalas magisteriales.

Los profesores nombrados pertenecientes al régimen de la Ley Nº 24029 comprendidos en los niveles magisteriales I y II son ubicados en la Primera Escala Magisterial, los del III nivel magisterial en la Segunda Escala Magisterial y los comprendidos en los niveles magisteriales IV y V son ubicados en la Tercera Escala Magisterial a que se refiere la presente Ley. 

Para facilitar su acceso a la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial, el Ministerio de Educación convoca excepcionalmente dos concursos públicos nacionales, dentro del primer año de vigencia de la presente ley.

Los profesores, no podrán percibir  un incremento mensual  menor al 8,1% de  la RIM para lo cual, el diferencial que resulte  de dicho incremento, será considerado como una compensación extraordinaria transitoria, cuyas características y condiciones se fijarán en el Decreto Supremo que establezca el valor de la remuneración  integra mensual (RIM) a que se refiere el artículo 57º de la presente Ley.  
Los profesores que se encuentren incursos en el literal  d) del Numeral 18.1 del artículo 18° de la presente Ley, no podrán acceder a lo previsto en la presente disposición complementaria, debiendo ser separados de la carrera pública magisterial y del servicio docente.

SEGUNDA.- Profesores sin título y Auxiliares de Educación

Los profesores nombrados sin título pedagógico, comprendidos en las categorías remunerativas A, B, C, D y E del régimen de la Ley Nº 24029, así como los auxiliares de educación comprendidos en la categoría remunerativa E de la referida Ley, se rigen por la presente Ley en lo que corresponda. 
El Ministerio de Educación en coordinación con el  Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con el Numeral 1 de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece la vigencia, condiciones y montos de esta escala transitoria, la cual debe incorporar en uno solo todos los conceptos que vienen percibiendo los profesores de las categorías remunerativas señaladas en la presente disposición. 
Los profesores nombrados sin título pedagógico tienen una prórroga de dos (02) años para obtener y acreditar el título profesional pedagógico. Cumplida esta exigencia ingresan al primer nivel de la carrera pública magisterial, previa evaluación. Vencido el plazo previsto, si no acreditan el título profesional pedagógico, son retirados del servicio público magisterial.

TERCERA.- Profesores de Institutos y Escuelas de Educación Superior.
 Los profesores que laboran en los Institutos y Escuelas de Educación Superior, son ubicados en una escala salarial transitoria, de conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la presente Ley en tanto se apruebe la Ley de la Carrera Pública de los Docentes de Institutos y Escuelas de Educación Superior. 
El Proyecto de la Ley de la Carrera Pública de los Docentes de Institutos y Escuelas de Educación Superior será remitido por el   Poder Ejecutivo, conforme a lo dispuesto por la Disposición Transitoria Única de la Ley No 29394, en el plazo de 60 días calendarios contados a partir de la vigencia de la presente Ley.

CUARTA.- Ubicación de los profesores de la Ley No 29062 en las escalas magisteriales
Los profesores comprendidos en el I, II, III, IV y V nivel magisterial de la Ley N° 29062, son ubicados respectivamente en la Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial de la presente Ley.

QUINTA.- Concurso público  para acceso a cargos en instituciones educativas.
En la primera convocatoria de concurso público para acceso a cargos de Director y Subdirector de instituciones educativas, podrán participar excepcionalmente, profesores de la Segunda Escala Magisterial, profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley No 24029 y los profesores del segundo nivel   que se encontraban encargados como directores  pertenecientes  a la Ley No. 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos señalados al momento de la convocatoria. Su permanencia en el cargo se sujeta a las reglas contempladas en la presente Ley.  

SEXTA.- Determinación de  los ámbitos rurales y de frontera
El Ministerio de Educación en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística e Informática actualizará la determinación de  los ámbitos territoriales considerados como rurales y de frontera, a fin de efectivizar el pago de estas asignaciones en los términos de la presente Ley.

SÉPTIMA.- Asignación  por  grado de maestría y doctorado
 Los profesores que a la entrada en vigencia de la presente ley perciban la asignación diferenciada por maestría y doctorado regulada por los Decretos Supremos No 050-2005-EF y No 081-2006-EF continúan percibiéndola por el mismo monto fijo por concepto de “asignación diferenciada por maestría y doctorado”, con las características establecidas en el artículo 64º de la presente Ley.
Los profesores a los que se refiere el párrafo precedente quedan excluidos de lo dispuesto en el artículo 61º de la presente Ley,

OCTAVA.- Asignación especial a profesores del VRAEM
Adicionalmente a las asignaciones establecidas en la presente ley, los profesores que laboran en el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) percibirán una asignación especial, cuya vigencia, periodicidad y monto serán fijados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Educación.

NOVENA.- Incremento de la jornada laboral en el nivel secundario
A partir del año 2014, la jornada laboral de 24 horas  semanales, del profesor de nivel secundario de la modalidad de Educación Básica Regular, podrá  incrementarse a razón de no más de 02 horas  pedagógicas semanales, autorizada por la Dirección Regional de Educación o la que haga sus veces, si es que la necesidad del servicio lo requiere.
La evaluación para determinar la necesidad del servicio se realiza por lo menos cada dos años. Un profesor puede alcanzar un máximo de 30 horas pedagógicas.

DECIMA.- Implementación de la  RIM,  asignaciones e incentivos.
El Poder Ejecutivo asegura el financiamiento de la presente Ley y garantiza su aplicación ordenada, para tal fin, los montos establecidos por concepto de remuneraciones, asignaciones e incentivos se efectivizan en dos tramos: 
a) Primer tramo: Implementación inmediata de la nueva RIM, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.
b) Segundo Tramo: Implementación inmediata de las asignaciones e incentivos a partir del 1º de enero del 2014.
El Ministerio de Educación en coordinación con el  Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con el Numeral 1 de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprueba los montos de los conceptos previstos en la presente disposición

DECIMA PRIMERA.- Cálculo de la asignación por tiempo de servicios
Para el cálculo de la asignación por tiempo de servicios se consideran los servicios prestados bajo los regímenes de la Ley N° 24029 y de la Ley N° -29062, incluyendo el tiempo de servicios prestado en la condición de contratado por servicios personales.

DÉCIMA SEGUNDA.- Cómputo del tiempo del ejercicio del director regional 
El tiempo de ejercicio del cargo de Director Regional de Educación, por parte de un profesor comprendido en la carrera pública magisterial contemplada en la presente Ley, se cuenta para efectos del tiempo de permanencia en la escala magisterial.

DÉCIMA TERCERA.- Reconocimiento de títulos profesionales 
Mientras las instituciones de educación superior de formación docente, no estén acreditadas por el Sistema de Evaluación, Acreditación y Certificación de la calidad educativa –SINEACE, para efectos de la aplicación del artículo 18.1 Literal a) de la presente Ley, se reconocen los títulos de profesor o de licenciado en educación otorgados por los institutos y escuelas superiores autorizadas por el Ministerio de Educación y por las facultades de educación de universidades reconocidas por la Asamblea Nacional de Rectores 

DÉCIMO CUARTA.- Supresión de concepto remunerativo y no remunerativo.
A partir de la vigencia de la presente Ley queda suprimido todo concepto remunerativo y no remunerativo no considerado en la presente ley.
 Las asignaciones, bonificaciones y subsidios adicionales por cargo, tipo de institución educativa y ubicación, que vienen siendo percibidos por los profesores, continuarán siendo percibidos por los mismos montos y bajo las mismas condiciones en que fueron otorgados,  hasta la implementación del segundo tramo previsto en la Décima Disposición Transitoria y Final de la presente Le

DÉCIMO QUINTA.- Reglamentación
El Poder Ejecutivo  reglamentará la presente Ley en un plazo no mayor de noventa días calendarios contados a partir de su vigencia.

DÉCIMO SEXTA.- Derogatoria
Deróganse las Leyes Nos. 24029, 25212, 26269, 28718, 29062 y 29762 y déjanse sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley, sin perjuicio a lo establecido en las Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales Séptima y Décimo Cuarta de la presente Ley.

Lima, 21 de noviembre de 2012.


Daniel Mora Zevallos
Presidente Comisión de Educación, Juventud y Deporte

CONGRESO APROBÓ LEY DE REFORMA MAGISTERIAL

En esta página hemos seguido el debate del Proyecto de Ley de Reforma Magisterial, que en la madrugada del 22 de Noviembre, el Congreso de la República la convirtió en Ley y en un plazo máximo de 15 días, el Poder Ejecutivo la debería promulgar. 

Iniciamos a partir de este momento las reacciones que está generando la aprobación de la Reforma Magisterial. Nos apoyaremos en enlaces virtuales que tenemos disponibles y de publicaciones en físico que estamos chequeando. Cordiales saludos y esperamos que nos sigan visitando.




miércoles, 21 de noviembre de 2012

El pleno del Congreso aprobó la Ley de Reforma Magisterial

Tras más de ocho horas de debate, el texto sustitutorio del proyecto de ley contó con 51 votos a favor, 13 en contra y 14 abstenciones
El pleno del Congreso aprobó la Ley de Reforma Magisterial


(elcomercio.pe / Andina). El pleno del Congreso de la República aprobó esta madrugada el proyecto de ley de Reforma Magisterial que busca normar las relaciones laborales entre el Estado y los docentes de la educación pública en el país.
En primera votación, la Ley de Reforma Magisterial tuvo el voto a favor de 51 legisladores, 13 en contra y 14 abstenciones. La aprobación se dio minutos después de la 1:11 a.m.
Luego, la sesión del pleno encabezada por el presidente del Legislativo, Víctor Isla, votó por la dispensa de la segunda votación con 39 votos a favor, 27 en contra y 12 abstenciones.
Cabe indicar que el proyecto de reforma de la Ley Magisterial, elaborado por la Comisión de Educación, fue sustentado por el presidente de este grupo legislativo, Daniel Mora Zevallos.
Según dijo Mora, la propuesta busca establecer las relaciones entre el Estado y los profesores de educación básico y técnico productiva bajo principio de legalidad, probidad y ética pública.
El objetivo es garantizar la calidad de la institución educativa, la idoneidad de los profesores y autoridades educativas, así como el buen desempeño para dar al alumno una educación de calidad.
La propuesta busca beneficiar a 195 mil 759 docentes y establece ocho escalas magisteriales a las que podrán acceder los profesores a lo largo de sus 30 años de servicios.
Asimismo, indica que el ingreso a la carrera magisterial será por concurso público y se formaliza con resolución de nombramiento en la primera escala magisterial.
Según la propuesta, los profesores serán evaluados para comprobar el grado de desarrollo de competencias y desempeño profesional del profesor del aula.
SANCIONES A PROFESORES
En cuanto a las sanciones, estas van desde la amonestación hasta la destitución del servicio, la cual se producirá por no presentarse a la evaluación de desempeño sin causa justificada, así como por haber sido condenado por delito doloso, contra la libertad sexual, apología o delito de terrorismo; por incurrir en actos de violencia, hostigamiento sexual, ebriedad o por inducir al alumnado a participar en marchas políticas.
El legislador Mora destacó que la propuesta fue elaborada tomando como base las iniciativas remitidas por el Ejecutivo, las bancadas del Parlamento, los gremios educativos y con la asesoría de especialistas en el tema.
Por su parte, el congresista Yonhy Lescano sustentó un dictamen en minoría y criticó la propuesta de la Comisión de Educación, al considerar que esta afectaría los derechos laborales y remunerativos de los docentes. La discusión de esta propuesta empezó en el Parlamento al promediar las 17.00 horas.
FUENTE: http://elcomercio.pe/actualidad/1499788/noticia-pleno-congreso-debate-ley-reforma-magisterial

Recomiendan invertir en infraestructura, educación y mantener las cifras macro


felaban.jpgExpertos aseguran que el Perú tiene potencial para mantener estable sus resultados macroeconómicos en un contexto de desaceleración de la economía china.
Mía Ríos Zamora.
 
La buena situación de la economía peruana será la clave para afrontar una posible desaceleración en China, aunque los expertos aseguran que ello no será en el corto plazo.
Stephen Schwartz, director de Estudios BBVA de Hong Kong, señaló que para ello el Perú debe mantener las cifras macroeconómicas, invertir en infraestructura y educación y diversificar nuestra economía.
"Hay que alejarse de los commodities y apostar por la industria manufacturera y Tratados de Libre Comercio (TLC). El Perú tiene grandes espacios para invertir en plantas y equipamientos", comentó.
ECONOMÍA CHINA
Ma Suhong, subdirectora de división del Urban Finance Research Institute Bank of China, estimó que ese país acabaría su etapa de desaceleración el último trimestre de este año.
"La economía china 'rebotaría' para mantener un crecimiento constante de 7% en los próximos años", manifestó.
Sin embargo, Suhong afirmó que entre julio y setiembre registraron su menor tasa de crecimiento desde el 2009.
Bajo ese contexto, Michael McDonough, economista senior de Bloomberg, dijo que si bien el gobierno chino tiene los recursos para enfrentar una desaceleración, es necesarioliberar las tasas de interés de China para luego internacionalizar su moneda.
"Un riesgo son los préstamos de los bancos que no rinden. El consumo cada vez es más bajo y la tasa de interés es más alta; con la liberación de ésta se tendrán grandes proyectos de inversión en los próximos años. De esto dependerá el éxito de la internacionalización de su moneda, el cual  tomará alrededor de diez años", precisó.
REFORMAS FINANCIERAS
Suhong afirmó que China hará una reforma financiera para que las instituciones tengan mayores recursos.
Por su parte, Schwartz indicó que los préstamos informales representan un problema.
"La banca paralela creció rápidamente en los últimos años, pero no es regulada y puede contaminar los estados financieros", sostuvo.
Estas declaraciones las ofrecieron en la mesa redonda "China: Oportunidad o desafío", llevada a cabo en el marco de la XLVI Asamblea Anual de la Federación Latinoamericana de Bancos (Felaban), que anoche concluyó.
FUENTE: http://www.larepublica.pe/21-11-2012/recomiendan-invertir-en-infraestructura-educacion-y-mantener-las-cifras-macro

sábado, 17 de noviembre de 2012

Aumento para maestros será desde enero del 2013


Aumento para maestros será desde enero del 2013  La ministra de Educación, Patricia Salas O’Brien, anunció que cuando se apruebe la Ley de Reforma Magisterial (LRM) en el Congreso, todos los docentes del país recibirán un aumento de entre 100 a 500 soles que será efectivo a partir del primer día del próximo año.

La ministra señaló que el monto dependerá de la jornada de trabajo pedagógico de los maestros y el nivel magisterial que le corresponde. Reiteró que ningún docente será retirado de sus funciones al ingresar a la nueva Ley de Reforma Magisterial.

"Es totalmente falsa la versión de que habrá despido de maestros. Lo que la LRM traerá son beneficios inmediatos; primero un aumento de sueldo y en segundo lugar un conjunto de capacitaciones que preparará a los profesores para sus evaluaciones”, subrayó la ministra.

Asimismo, recordó que la LRM mantiene, perfecciona, amplía y defiende los alcances y los conceptos de meritocracia y evaluación docente, establecidos en la Ley de Carrera Pública Magisterial (CPM), aprobada por el segundo gobierno aprista.

Para finaliza, Patricia Salas afirmó que el rol de la Alta Dirección del Ministerio a su cargo y el de todos los ciudadanos es seleccionar, mediante evaluación a los mejores docentes para que se encarguen de la enseñanza de los niños.

“La LRM tiene oportunidades para ascender de nivel en base a sus méritos, que es el elemento básico y principal de la nueva Ley. Muchos ganarán más”, puntualizó.
FUENTE: http://diario16.pe/noticia/20537-aumento-para-maestros-seraa-desde-enero-del-2013

jueves, 15 de noviembre de 2012

POSICIONES Y APORTES DEL DEBATE DE LA REFORMA MAGISTERIAL FUERON ENVIADAS AL CONGRESO.

Agradecemos la siguiente información: 

El 9 de Noviembre se realizó el TALLER MAGISTERIAL: Análisis y Propuestas sobre la Reforma Magisterial. Asistieron la Gerencia Regional de Educación, la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza, el SUTEP Regional, la Asociación Directores de Lambayeque, entre otros. La ponencia central estuvo a cargo del Dr. Manuel Paiba Cossíos. Un informe de esta actividad y de las anteriores han sido remitidas al despacho del congresista Virgilio Acuña para que lo presentara a la Comisión de Educación del Congreso, con la finalidad que lo tomaran en cuenta en el debate parlamentario


COMISION DE EDUCACIÓN APROBÓ DICTAMEN REFORMA MAGISTERIAL

Comisión de Educación votó por que maestros sigan recibiendo bonos y asignaciones hasta enero del 2014.

En medio de algunas batallas ganadas y otras perdidas, como dice el congresista Daniel Mora (AP), la Comisión de Educación del Congreso concluyó ayer con la aprobación del dictamen del proyecto de la Ley de Reforma Magisterial (LRM) que consta de 79 artículos y 16 disposiciones complementarias. Se espera que ese texto ingrese hoy al Pleno para su debate, a fin de que los maestros sepan qué les espera dentro de la carrera magisterial.
Por el momento se sabe que el grupo parlamentario votó por que los maestros de los niveles I y II de la Ley del Profesorado (LP) pasen a la primera escala de la LRM (es decir, el 93 % de todo el magisterio) y por que los maestros del IV y V (7%) de la LP ingresen a la segunda escala de la LRM.
"Hubiéramos querido otra disposición pero por un tema de carácter económico ganó por mayoría la propuesta del Ejecutivo", lamenta Mora y agrega que, en su criterio, colocar a un maestro en un nivel muy bajo hace que, tal y como señala el Banco Mundial, los profesores se encuentren dentro del 38% de la población vulnerable que ni siquiera roza la clase media.  
Para que ingresen a esa categoría, explicó, un docente debería alcanzar los US$ 14.600 anuales, lo que significa S/. 2.500 mensuales, y la realidad es que solo unos pocos perciben esa suma.
A pesar de ello, subrayó que sí lograron que los profesores sigan percibiendo sus asignaciones y bonificaciones hasta que entre en vigencia el segundo tramo de la ley, el 1° de enero del 2014, y las evaluaciones sean por especialidad y ya no una prueba única para todos.
Lo malo del dictamen es que no consideró en su debate el bono del 30% por concepto de preparación de clases. Aunque Mora dice que el Estado debe pagar esa deuda.
EVALÚAN NUEVO PARO
Por su parte, los maestros  realizaron anoche una vigilia en el frontis del Congreso.
Al final de la jornada, al no poder impedir que el dictamen sea aceptado para su debate en el Pleno, el secretario general del Sutep, René Ramírez, advirtió que las bases de su gremio evalúan la realización de un paro y el inicio de acciones legales si se aprueba el proyecto magisterial.

http://www.larepublica.pe/15-11-2012/nueva-ley-magisterial-se-vota-hoy-en-el-pleno

miércoles, 14 de noviembre de 2012

LA REFORMA EDUCATIVA Y LA NECESIDAD DE PROPUESTAS


Este blog ha tratado de ser un espacio plural de información de temas relacionados con la calidad educativa y más específicamente sobre la Reforma Magisterial. Cuando apareció este blog existía muy poca información sobre la propuesta de norma legal y mucho menos información sobre las propuestas alternativas. Se trataba entonces de centrar los esfuerzos en informar.

A estas alturas el Proyecto de Ley de Reforma Magisterial, parece estar a punto de convertirse en dictamen de la Comisión de Educación del Congreso y con ello posiblemente su tránsito final por el pleno y con muchas probabilidades de ser aprobado. En esas condiciones, de debate parlamentario se da artículo por artículo y es en el texto de cada uno de ellos que se aprueban, se desechan, se incorporan puntos de vista ya existentes o que simplemente aparecen en el debate. 

A estas alturas la consigna de NO a la aprobación a la ley puede ser principista y seguramente pero no es política, no es práctico y poco favor se hace al magisterio al excluirlo del debate, de la participación y de la incidencia para cambiar algunos de los artículos que se consideran negativos, insuficientes o dudosos. 

Presionar "desde afuera" para que el Congreso "deseche" o "archive" el dictamen de la ley implica que se tiene una fuerza parlamentaria que puede enarbolar ese pedido o llevar adelante esa estrategia, pero cuando no se la tiene esa demanda aparece como una simple frase. Pero exigir su no aprobación y amenazar con una huelga general es poco serio o en todo caso revela la ausencia de una análisis de las propias fuerzas.

Nos parece que sería mucho más sensato que el SUTE concentrara sus fuerzas y la acción de sus aliados en lograr -- bajo las actuales circunstancias -- lo más que se puede para los docentes y ello significa hacer propuestas específicas para modificar tal o cual artículo, en especial aquello considerados problemáticos como los ocho niveles, las 24 horas de los docentes de secundaria, el número de evaluaciones, transparencia a las evaluaciones y ascensos, evitar los abusos o represalias, etc.  

Una actitud así podría ser una actitud política, una actitud realista y de apego a las demandas reales del magisterio. No hacerlo se exponen para que sean vistos en forma negativa y ya se saben qué fuerzas están muy interesadas en pintarlos así.


Calidad Educativa en Debate. 15 de Noviembre 2012

MAESTROS EXIGEN QUE SE SIGA DEBATIENDO LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL


Maestros irán al TC si aprueban Ley de Reforma Magisterial

Vigilantes. Docentes del Sutep se mantienen a la expectativa de la decisión que tome el pleno del Congreso sobre la Ley Magisterial.
Hoy docentes realizarán una vigilia en el Congreso para pedirles a los parlamentarios que amplíen el debate. Comisión de Educación terminaría el dictamen y mañana el documento estaría en el Pleno.
Consuelo Alonzo C.
Es posible que el dictamen final del proyecto de Ley de Reforma Magisterial inicie mañana su debate en el Pleno del Congreso y que con él también comiencen las protestas de los maestros.
El presidente de la Comisión de Educación, Daniel Mora (AP), explicó que urge que la propuesta legislativa sea aprobada hoy antes de que ocurra lo mismo con la Ley General de Presupuesto del Año Fiscal 2013. El objetivo es que los montos económicos que contenga el proyecto sean contemplados en esta iniciativa.
Para los docentes es importante que el debate se amplíe y que no desaparezcan algunos de sus derechos.
El secretario de organización del Sindicato Único de Trabajadores por la Educación en el Perú (Sutep), Hammer Villena, reveló que han remitido una carta a cada uno de los congresistas con la esperanza de que no voten por una "reforma magisterial" sin un análisis previo y sin que permitan la participación democrática de los docentes.
En caso de que su pedido no encuentre eco y sea aprobada, agregó, iniciarán las acciones legales pertinentes en el Tribunal Constitucional (TC) y en otras instancias de carácter internacional. También convocarán a una Asamblea Nacional de Delegados y "no descartan nada", ni siquiera reiniciar la suspendida huelga así el año escolar se ponga en riesgo.
Lo único que evitaría esa situación, sostuvo el dirigente, es que el proyecto establezca un piso salarial que tenga relación con la canasta básica y no como lo ha propuesto elEjecutivo. "El sueldo que recibimos es de S/. 1.200 en promedio y eso no cubre la canasta básica que es de S/. 1.500. Esa es la realidad. Por eso pedimos un incremento", señaló.
Seguido añadió que igualmente demandan que se respete el bono de 30% por preparación de clases, las gratificaciones de julio y diciembre, e indudablemente la estabilidad laboral. Todo ello, sumado al pedido de que no se denigre al maestro bajándolo a un nivel que no le corresponde. 
"Todos los maestros nos preguntamos: ¿dónde está la carrera pública? Con esta ley no tenemos ese derecho, así como tampoco se van a respetar nuestros salarios. Hoy un maestro del primer nivel con 24 horas percibe unos S/. 1.730, pero se nos va desconocer el 30% y el bono por maestrías. Así nos dejarán de pagar unos S/. 430. Todo eso lo hemos sustentado al Congreso", subrayó.
Pero como persiste el temor de que lo que se apruebe sea, en su mayoría, la propuesta inicial que preparó el Ejecutivo, esta tarde los maestros presionarán al Pleno con una vigilia en el frontis del Parlamento Nacional. En las regiones esa medida se replicará en las gobernaturas y sedes de gobiernos regionales.
Esta acción, cita el secretario general del Sutep, Renee Ramírez, en el oficio circular que remitió a todas sus bases  del país, es solo una acción preparatoria para otras acciones de lucha que se desarrollarán en los próximos días. 
En la misma, adelantaron, participará el congresista Yonhy Lescano, quien presentará su dictamen por minoría en las próximas horas para defender el respeto a los derechos de laLey del Profesorado.
En diálogo con La República, el mencionado parlamentario advirtió que si la ley se aprueba tal y como está habrá igualmente serios problemas con los maestros contratados y con los cesantes, lo cual motivaría que sea materia de una acción de inconstitucionalidad.
"Yo creo que hay una violación a los derechos constitucionales. No se puede bajar de nivel a los maestros ni reducirles las remuneraciones. Vamos a tener problemas serios y el Tribunal Constitucional nos va a enmendar la plana", dijo.
Para precisar, el representante de los maestros contratados a nivel nacional, Teófilo Huerta, explicó que los más de 50 mil docentes contratados se encuentran muy preocupados puesto que el proyecto de ley no contempla la bonificación que percibían cada año en los meses de enero y febrero (y que era igual a un sueldo), ni los considera merecedores de un salario similar al de un maestro del primer nivel.
"Es inconcebible que no se nos tome en cuenta dentro de la ley cuando hacemos el mismo trabajo. Está mal que nos digan que no podemos hacer carrera pública. No estamos al margen de la ley", señaló Huerta tras revelar que se encuentran coordinando con el Sutep y con el Colegio de Profesores del Perú (CPP) algunas acciones a seguir. Ahora, lo que pasará más adelante se conocerá en las próximas 24 horas. Ojalá que esto sea lo mejor para el maestro y cada uno de sus alumnos.
HOY APROBARÁN PROYECTO DE LEY
Hoy la Comisión de Educación debatiría las últimas seis disposiciones complementarias que faltan y que son de menor importancia.
La cita es a las 10 am en el hemiciclo Raúl Porras Barrenechea del Congreso.
Con ello quedaría expedita para ingresar al Pleno de mañana jueves.
En la víspera dicho grupo de trabajo no alcanzó el quórum para reiniciar el debate. Mora invocó a los miembros a acudir a la sesión.
EN CIFRAS
S/. 1.200 millones es lo que plantea la Comisión de Educación para la sostenibilidad de la Ley de Reforma Magisterial.
S/. 720 millones fue lo que propuso el Ejecutivo en su proyecto ley que establece una nueva escala remunerativa.
http://www.larepublica.pe/14-11-2012/maestros-iran-al-tc-si-aprueban-ley-de-reforma-magisterial

NIVELES Y ESCALAS REMUNERATIVAS EN LA NUEVA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL


martes, 13 de noviembre de 2012

EN QUE CONSISTE LA NUEVA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL: Docentes Interinos.

EL EXPERTO PROFESOR, MANUEL PAIVA EXPLICA EN QUE CONSISTEN LOS BENEFICIOS PARA DOCENTES INTERINOS.

COMISION DE EDUCACION PIDE MAS PRESUPUESTO PARA LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL


También votaron por la separación de los maestros involucrados en terrorismo, narcotráfico y corrupción.
A partir del 2014, la jornada laboral de 24 horas del docente del nivel secundario de la modalidad de Educación Básica Regular se incrementará a razón de dos horas pedagógicas semanales por año, hasta alcanzar en el 2016 una jornada de 30 horas pedagógicas.
Así lo señala la novena disposición complementaria del dictamen del proyecto de Ley de Reforma Magisterial que ayer fue aprobado por mayoría en la Comisión de Educación del Congreso de la República.
Con ello, el presupuesto anual del sector se incrementará en S/. 394 millones adicionales a partir del 2016 (se debe tener en cuenta que en ese rubro hay 89,320 maestros); sin contar los montos que demandan otras modificaciones realizadas por ese grupo de trabajo.
En total, lo que ahora plantea la comisión que preside el congresista Daniel Mora (AP) es que para la sostenibilidad de dicha ley el Ministerio de Economía otorgue cuando menos unos S/. 1200 millones.
Esto a pesar de que el titular del MEF, Luis Castilla, ya les adelantó en una sesión pasada que no cuenta con dinero adicional en la caja fiscal.
Durante la octava sesión ordinaria de la Comisión de Educación también aprobaron por mayoría el artículo 44° del dictamen que señala que los directores de las instituciones educativas podrán separar preventivamente al profesor cuando haya una denuncia administrativa o judicial contra éste, por presuntos delitos de violación u hostigamiento sexual en agravio de un estudiante, terrorismo o apología del terrorismo, corrupción de funcionarios, tráfico de drogas y actos de violencia contra los derechos fundamentales de la persona y el patrimonio, que impidan el normal funcionamiento de servicios públicos.
FUENTE: http://www.larepublica.pe/13-11-2012/comision-pide-mas-dinero-para-la-ley-magisterial

lunes, 12 de noviembre de 2012

¿Qué plantea la Ley de Reforma Magisterial del Ejecutivo?




A continuación reproducimos una nota de El Comercio sobre el Proyecto de Ley de Reforma Magisterial.

El proyecto de la nueva Ley de Reforma Magisterial ya se encuentra en el Congreso para su debate y eventual aprobación. A continuación algunos puntos de interés que este plantea:

NIVELES DE LA CARRERA

Sobre la estructura de la carrera pública magisterial se establecen ocho niveles de desarrollo: primer nivel (tres años), del segundo al cuarto nivel cuatro años, del quinto al séptimo nivel cinco años y un octavo nivel que comprende hasta el momento de retiro de la carrera

En el caso de maestros de zonas rurales y de frontera se reduce en un año la permanencia para postular al cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo nivel.

También se reconocen cuatro áreas de desempeño laboral: gestión pedagógica, gestión institucional, formación docente, innovación e investigación.

LAS EVALUACIONES

Las evaluaciones se efectuarán para el ingreso a la carrera pública, para medir el desempeño laboral, para el ascenso y para acceder a cargos de las áreas de desempeño.

Los requisitos para postular a la carrera pública son: poseer título de profesor o licenciado en educación, gozar de buena salud, no haber sido condenado ni estar incurso en proceso penal por delito doloso. En esta parte se precisa delitos de terrorismo, contra la libertad sexual, corrupción de funcionarios y tráfico ilícito de drogas.

Además, para postular a una plaza de docente en zona de frontera se requiere ser peruano de nacimiento.

Los comités de evaluación para el ingreso a la carrera pública, a nivel de cada institución educativa, estarán integrados por el director de la institución (presidente), el coordinador académico del área, un representante de los profesores y otro de los padres de familia.

En cuanto a la evaluación del desempeño, ascenso y permanencia, los indicadores e instrumentos de evaluación serán elaborados por el Ministerio de Educación.

Esta cartera, en coordinación con los gobiernos regionales, programará concursos públicos nacionales para ascenso cada tres años como plazo máximo. El número de plazas para los ascensos será determinado por el ministerio.

La evaluación de desempeño del profesor será obligatorio cada tres años como máximo.

Se especifica que el ministerio es el responsable de planificar, conducir y monitorear la evaluación de desempeño en base a los criterios del denominado Marco de Buen Desempeño docente que apruebe.

En la exposición de motivos que acompaña la norma se indica que la evaluación del desempeño laboral tendrá un mayor énfasis en la experiencia y desempeño del maestro en el aula.

La norma plantea que aquellos que no aprueben en la primera oportunidad serán capacitados para una evaluación extraordinaria. En caso no aprueben serán capacitados nuevamente. Si desaprueban la segunda evaluación extraordinaria serán retirados de la carrera.

En cuanto a sanciones se establece la destitución en caso de inducir a los alumnos a participar en marchas de carácter político, previo proceso administrativo.

LAS REMUNERACIONES

Sobre las remuneraciones mensuales se establece que serán de acuerdo a los niveles de desarrollo.

Así, el salario del maestro que se ubica en el segundo nivel será 10% mayor al que recibe el profesor del primer nivel. Entre el tercer y octavo nivel será 25%, 40%, 70%, 100%, 130% y 160% más en relación al primer nivel, según corresponda.

Fuente:  http://elcomercio.pe/actualidad/1453006/noticia-que-plantea-ley-reforma-magisterial-ejecutivo

martes, 6 de noviembre de 2012

COMUNICADO DEL SUTEP A SUS BASES Y LA OPINION PUBLICA.

El SUTEP, frente a lo que viene ocurriendo en el Congreso y el Ejecutivo manifiesta su malestar en un comunicado difundido el día 04/11/2012 en el cual hacen un llamado a los Congresistas a no aprobar una ley que no ha sido debatida ampliam
ente en el Magisterio Peruano y exigen que se tome en cuenta las recomendaciones de la UNESCO, Y la apertura de debates en encuentros macro regionales con participación del magisterio y otras instituciones.


TALLER MAGISTERIAL EN CHICLAYO


Ejecutivo pide a la Comisión de Educación no plantear ley inviable

Se entrampa norma magisterial  Grupo parlamentario propuso algunas modificaciones que incrementarían su financiamiento en otros S/. 720 millones. Ministros de Educación y Economía les solicitaron que no actúen con exceso de optimismo...
La Ministra Salas Expreso que:.."Lo peor que se le puede hacer a un docente, hoy por hoy, es mentirle. (...)un exceso de optimismo después no no vaya a traer de un porrazo a la realidad". 

Luego,  Castilla detalló que el solo hecho de modificar la escala magisterial propuesta y colocar a los maestros que hoy están en los niveles III y IV de la Ley del Profesorado en el escalafón III de la Ley de Reforma Magisterial implica S/. 120 millones; mientras que equiparar la remuneración de profesores contratados a lo que perciben  hoy los maestros del I nivel, significa otros S/. 400 millones. Esto, además de otros S/. 180 millones por concepto del incremento de las horas pedagógicas (de 24 a 30 horas en 3 años) que dictarán los docentes del nivel secundario.
"Tenemos que actuar con responsabilidad con una norma que ya está financiada", dijo Castilla tras ratificar su compromiso de dotar con los recursos correspondientes al proyecto del Ejecutivo para su implementación en el tiempo.
Claves
Patricia Salas, durante su alocución, precisó que la hora pedagógica asciende a S/. 51.83, con lo cual los maestros ya saben cuánto ganarán por cada jornada laboral.  
La titular de Educación indicó además que solo 2/3 de la RIM es pensionable.

martes, 23 de octubre de 2012

Padres prefieren colegios reputados, así los hijos sufran

Hay colegios que en base a un buen trabajo educativo acumulativo a lo largo de  los años, inteligentemente publicitado, han logrado colocarse en el imaginario colectivo como excelentes colegios, lo que se convierte en un atractivo para padres que buscan precisamente eso para sus hijos. Eso ocurre tanto en la educación pública (sobre todo en capitales de provincias fuera de Lima y en los colegios de Fe y Alegría) como en la educación privada de todos los niveles socioeconómicos.

Muchos de estos colegios privados para mantener su prestigio procuran  seleccionar desde el inicio a alumnos con mayor desarrollo intelectual y luego  retirar en el  camino a los que no se sostienen con las exigencias establecidas. Estas permiten garantizar que los egresados se ubiquen con los mejores puestos en los ingresos a las universidades nacionales y sean bien recibidos por las extranjeras.

El problema es que hay alumnos que habiendo ingresado a estos colegios la pasan mal, ya sea porque no soportan la presión académica, o porque no tienen éxito social, tienen talento en un área que ese colegio no cultiva, o son discriminados por alguna razón étnica, nacional o económica. El drama de estos niños es que pudiendo florecer y brillar en otros colegios, son forzados a quedarse en el escogido por los padres para no perder el valor de la “marca” y al club social que en él se forma (tanto para los niños como para los padres).  

El costo emocional para estos chicos infelices es enorme y casi siempre se lo cobrarán a los padres en algún momento de su vida. Harán cosas para avergonzarlos, culparlos, dañarlos, romperán la comunicación,  acumularán cólera o explotarán haciendo barbaridades, todo ello en venganza por el maltrato al que sus padres los someten “por su bien”, forzándolos a vivir en un ambiente que les resulta ofensivo, hostil y maltratador.

Cuando planteo estas cosas en mis conferencias y encuentros con padres algunos me preguntan  ¿Qué significa colegios más reputados? ¿No ha habido siempre  “nerds” o ”pavos” en todos los colegios?. ¿Y si el cambio a un colegio menos exigente genera una brecha académica que luego lo pone en desventaja para competir  en el ingreso a las mejores universidades? ¿Acaso está proponiendo que es preferible ser cabeza de ratón que cola de león?; etc. Todas ellas son preguntas relevantes y que ayudan a precisar el sentido de todo esto.

Es cierto que existen lo que algunos denominan "pavos", “nerds”, “sujetos de bullying”,  en todos los salones. Así como hay líderes sociales, seguidores, individualistas fuertes, organizadores, líderes de opinión, también hay los llamados "nerds" o "pavos". Un buen colegio  es capaz de trabajar la convivencia armónica entre diferentes, la tolerancia, colocar controles para evitar abusos y alentar al indefenso a fortalecerse. Por eso no se logra siempre, aún con el esfuerzo de profesores y padres.  En ese caso, hay que pensar en otras vías de solución

Por otro lado, el sufrimiento de un niño puede darse en colegios de alta y baja  paga por igual.  Un niño de hogar rico puede ser un marginado en su colegio por el color de su piel, su envergadura, sus limitaciones intelectuales, etc. No pretendo aludir a ninguna categoría específica. Trato de referirme al hijo o hija que sufre, por la razón que sea, en el espacio al que los padres lo obligan a asistir (que para su propia convicción es "el mejor")  y las consecuencias que de ello se derivan. Para competir por el ingreso a la universidad en las mejores condiciones, el niño necesita antes que la preparación académica, la solidez emocional y personalidad segura de sí misma, con alta autoestima, que le permita enfrentarse a los retos de la vida por difíciles que estos sean. Si es apto académicamente, ingresará. Si no lo es, encontrará otros caminos para realizarse como persona.

Por último, quiero asegurarme de no ser mal entendido. No se trata de cambiar de colegio al hijo ante su primera incomodidad o dificultad escolar. Se trata de evaluar las situaciones de malestar o desajuste crónicos, prolongados, y hacer algo al respecto, (a veces con ayuda de especialistas), pensando siempre en lo que realmente es mejor para su hijo.

Fuente: Diario El Tiempo de Piura (21-10-12)

Cambios en el Congreso a la Ley de Reforma Magisterial


La Comisión de Educación presidida por el legislador Daniel Mora está a punto de aprobar la denominada Ley de Reforma Magisterial. Para ello, ya cuenta con un predictamen que será puesto a consideración en la comisión para su pronto debate en el Pleno.

El documento contiene 79 artículos y 16 disposiciones complementarias, transitorias y finales, los cuales comprenden diversas propuestas y otras iniciativas presentadas a la comisión que ayer no sesionó por falta de quórum.

Los puntos más resaltantes están en las disposiciones transitorias que buscan satisfacer las mayores demandas de los profesores que integran la Ley Nº 24029 (Ley del Profesorado) y la Ley N° 29062 (Ley de la Carrera Pública Magisterial).

La primera disposición complementaria señala que los docentes de los niveles I y II de la Ley del Profesorado serán ubicados en la I Escala Magisterial, mientras que los del III nivel magisterial estarán en la II Escala Magisterial.

Asimismo, los que están en los niveles magisteriales IV y V serán ubicados en la III Escala Magisterial a que se refiere la nueva ley.

Esto es una mejora si se toma en cuenta que en el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo se contemplaba que los profesores del III, IV y V niveles iban a ser ubicados en la II Escala Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial.

Quiere decir, además, que un profesor con 40 horas pedagógicas ubicado en el IV nivel magisterial de la Ley del Profesorado y que gana actualmente S/. 1,349, pasaría a la Tercera Escala de la LRM con una remuneración de S/. 2,591.

MÁS PARA SECUNDARIA
Otro cambio es el que se señala en la novena disposición complementaria: a partir del 2014, la jornada laboral de 24 horas del docente de secundaria (Educación Básica Regular) se incrementará en dos horas pedagógicas semanales, por año, hasta alcanzar en el 2016 una jornada de 30 horas pedagógicas, con mayor remuneración.

Este predictamen es evaluado por los diferentes sectores involucrados. Por ejemplo, la junta directiva del Colegio de Profesores de Lima, según su decano Carlos Rojas Galarza, se reunirá el lunes y luego emitirá un pronunciamiento.

Fuente: Diario La República (20-10-12)